Difamación e injuria en las redes sociales

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Las redes sociales hoy por hoy son partes integrales de nuestras vidas, espacio digital donde interactuamos constantemente compartiendo lo que nos gusta, comentando en publicaciones, creando contenidos para nuestros seguidores y a su vez permiten una amplio ejercicio del derecho a la libertad de expresión; pero sus bondades se contraponen con un incremento del acoso cibernético y la propagación de noticias e informaciones sobre personas que pueden ser difamatorias o injuriosas en tanto que lesionan el honor y la dignidad.

La difamación es la imputación de un hecho falso que lacere el honor de la persona, por ejemplo, decir que alguien robó algo sin que esto sucediera. Mientras que la injuria es la utilización de expresiones de desprecio o insultos que laceran la dignidad de la persona. En ambos casos se amerita la publicidad del mensaje por parte del autor, lo que hace que las redes sociales sean un espacio propicio para estas inconductas.

Para estos casos, la ley núm. 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, sanciona la difamación cometida a través de todos los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, así como también la injuria cometida por estas mismas vías con penas de tres meses a un año de prisión, sin perjuicio de las indemnizaciones a las que pueda ser condenado quien cometa estos delitos.

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